
La Ley 21.442 de Copropiedad Inmobiliaria exige que todas las comunidades del país actualicen su Reglamento de Copropiedad para adecuarlo a la nueva normativa.
El plazo final es 9 de enero de 2026.
Si la comunidad no actualiza su reglamento, seguirá funcionando con reglas antiguas o incompletas, lo que expone al condominio a conflictos internos, mala administración y problemas para exigir sanciones.
Actualizar no es un trámite burocrático: es una obligación legal y una herramienta práctica para lograr convivencia real.
El Reglamento Tipo fue creado como un marco supletorio para comunidades que no elaboraran su propio documento. Su principal defecto es evidente:
es genérico, vago y no regula lo que importa en el día a día.
Como dice la propia doctrina:
“El principal problema del Reglamento Tipo es su falta de especificidad: no regula horarios, no establece protocolos, no define prioridades.”
“El Reglamento Tipo no resuelve los problemas cotidianos del condominio: ruidos, mascotas, estacionamientos, basura o uso de espacios comunes.”
En un condominio real, estos temas son los que generan el 90% de los conflictos. Sin reglas claras, todo queda a interpretación.
Si tu condominio sigue operando solo con el Reglamento Tipo, estás funcionando prácticamente “en blanco” en materias clave.
Por ejemplo:
La comunidad no necesita más burocracia; necesita claridad.
Un reglamento detallado:
Si la comunidad llega a 2026 con el Reglamento Tipo o un reglamento antiguo sin adecuación a la Ley 21.442:
Actualizar el reglamento no es copiar y pegar la Ley. Es adaptar las reglas a la realidad concreta del edificio o condominio.
Un reglamento moderno debe incluir:
miguel madrid iturriaga
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